Trámites y documentación 📅 Actualizado el 12 de julio de 2026 · ⏱️ 9 min de lectura

Traspaso de vehículos en Canarias: documentos, impuestos y pasos necesarios

Guía elaborada por Estada Motors a partir de los procedimientos oficiales de la DGT y la Agencia Tributaria Canaria.

Firmar un contrato y entregar las llaves no completa por sí solo la venta de un coche. Para que el vehículo figure correctamente a nombre del comprador es necesario preparar la documentación, atender las obligaciones fiscales y solicitar el cambio de titularidad. En esta guía explicamos cómo hacer el traspaso de un vehículo en Canarias y qué debe revisar cada parte antes de cerrar la operación.

1. Qué significa hacer el traspaso de un vehículo

En el lenguaje cotidiano se habla de traspaso, transferencia o cambio de nombre. En la práctica, estos términos se refieren al proceso por el que la titularidad registral del vehículo pasa del vendedor al comprador.

La compraventa comienza con un acuerdo privado, pero debe continuar con los trámites fiscales y administrativos correspondientes. Hasta que se completa el cambio de titularidad, el antiguo propietario puede seguir figurando como titular en el Registro de Vehículos.

Compraventa: acuerdo mediante el que una parte entrega el vehículo y otra paga el precio.
Liquidación fiscal: cumplimiento de las obligaciones tributarias aplicables a la operación.
Cambio de titularidad: inscripción del comprador como nuevo titular ante la DGT.

2. Documentos necesarios para transferir un coche

La documentación puede variar en herencias, donaciones, separaciones, ventas empresariales o vehículos con limitaciones. En una compraventa ordinaria entre particulares se suelen necesitar los siguientes documentos:

Documento de identidad del comprador y del vendedor.
Contrato de compraventa firmado por ambas partes.
Permiso de circulación del vehículo.
Tarjeta de inspección técnica o ficha técnica.
Justificante de la obligación tributaria correspondiente.
Solicitud oficial y justificante de la tasa administrativa.

Qué debe aparecer en el contrato

La DGT indica que el contrato debe identificar al comprador, al vendedor y al vehículo. También debe recoger el precio y la fecha y hora de la firma. Es aconsejable añadir el número de bastidor, el kilometraje mostrado, la forma de pago, las llaves entregadas y cualquier circunstancia relevante conocida por ambas partes.

Cada parte debe conservar una copia. Firmar todas las hojas ayuda a evitar que posteriormente se sustituyan o añadan páginas.

3. Modelo 620 e impuesto por comprar un coche usado en Canarias

Cuando un vehículo usado se transmite entre particulares, la operación está sujeta, con carácter general, al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. En Canarias, la autoliquidación se realiza mediante el modelo 620.

La Agencia Tributaria Canaria señala que este modelo se emplea cuando el vendedor no actúa como empresario o profesional. El comprador debe comprobar el plazo, la valoración y la documentación aplicables a su caso antes de presentar la transferencia.

💡 Atención a la valoración fiscal

El precio escrito en el contrato no siempre es el único dato relevante para calcular el impuesto. La Administración dispone de herramientas y valores fiscales para determinados vehículos. Antes de liquidar el modelo 620 conviene revisar la valoración aplicable.

¿Modelo 620 o IGIC?

No deben confundirse. El modelo 620 se relaciona con transmisiones de vehículos usados entre particulares. Cuando quien vende actúa como empresario o profesional, el tratamiento fiscal y la documentación de la operación pueden ser diferentes.

4. Cómo hacer el cambio de titularidad en la DGT

Una vez preparado el contrato y justificada la obligación fiscal, el comprador debe solicitar el cambio de titularidad. La DGT establece un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato.

El trámite puede realizarse por las vías habilitadas por la DGT o mediante un profesional que actúe con la representación correspondiente. Antes de presentar la solicitud conviene comprobar que los datos de todos los documentos coinciden.

Qué debe hacer el vendedor

El vendedor puede presentar una notificación de venta. Esta comunicación no sustituye la obligación del comprador de cambiar la titularidad, pero deja constancia de que el vehículo ha sido transmitido.

También debe conservar el contrato, la acreditación del cobro y los documentos que permitan demostrar la fecha y hora de entrega.

5. Problemas que pueden retrasar o impedir la transferencia

Reserva de dominio: puede limitar la transmisión hasta que se tramite su cancelación.
Embargo o precinto: deben analizarse antes de formalizar la compra.
Baja administrativa: puede exigir actuaciones previas para regularizar la situación.
Impuestos o sanciones pendientes: determinadas incidencias impiden completar la transferencia.
Errores documentales: un número de bastidor, identidad o fecha incorrectos pueden bloquear el expediente.

Antes de pagar es recomendable solicitar información administrativa del vehículo. La DGT ofrece diferentes informes, entre ellos el reducido, el completo y el de cargas.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el traspaso?

Las partes pueden acordar cómo repartir determinados gastos, aunque las obligaciones fiscales y administrativas corresponden a quien establezca la normativa aplicable.

¿Cuánto tiempo tiene el comprador para cambiar el nombre?

La DGT establece un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato.

¿Se puede transferir un vehículo con reserva de dominio?

La reserva puede impedir la transferencia. Habitualmente es necesario comprobar su estado y tramitar la cancelación cuando corresponda.

¿La notificación de venta cambia la titularidad?

No. La notificación deja constancia de la venta, pero el comprador sigue obligado a solicitar el cambio de titular.

Fuentes oficiales consultadas

¿Tienes una compraventa preparada?

En Estada Motors podemos ayudarte a revisar el contrato, organizar la documentación y coordinar los trámites para que la operación avance con claridad.

Aviso informativo: Este artículo contiene información general y no sustituye el análisis jurídico, fiscal o administrativo de una operación concreta. Los requisitos, tasas, procedimientos y criterios de valoración pueden cambiar.

Propiedad intelectual: Contenido original de Estada Motors. No se permite su reproducción íntegra, republicación automatizada o explotación comercial sin autorización. Las citas breves deberán identificar la fuente y enlazar al artículo original.

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